Conciliar el ejercicio de la libertad empresarial de los establecimientos hosteleros, el derecho al ocio y a la diversión con la compatibilidad del derecho a la intimidad personal y familiar, no es nada fácil; por ello, se ha regulado la ampliación de horarios de los cierres de establecimientos y locales destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas, teniendo en cuenta la posible intromisión de ruidos o aglomeraciones de personas en las calles a latas horas de la madrugada que pueden alterar la tranquilidad pública e intimidad domiciliaria.
Por ello, el Gobierno de La Rioja ha establecido en qué fechas y horarios, los establecimientos hosteleros tendrán una ampliación de horario, quedando de la siguiente manera:
CARNAVAL
Noche del 25 al 26 de febrero: dos horas más por categoría.
SEMANA SANTA
Noche del 12 al 13 de abril: media hora más por categoría.
Noche del 15 al 16 de abril: una hora más por categoría.
DÍA DE LA RIOJA
Noche del 8 al 9 de junio: una hora más por categoría
HALOWEEN
Noche del 31 de octubre al 1 de noviembre: una hora y media más por categoría.
PUENTES DE DICIEMBRE
Noche del 2 al 3 de diciembre: una hora y media más por categoría.
Noche del 7 al 8 de diciembre: una hora y media más por categoría.
Noche del 9 al 10 de diciembre: media hora más por categoría.