Una niña de unos cinco años resultó herida en la tarde de este sábado en el entorno de la calle Lavero de Arnedo después de que sufriera el ataque de un perro al abalanzarse sobre ella en esta zona de la Urbanización UA-4.

Según han confirmado testigos del ataque a Noticias de Arnedo, el animal se abalanzó y mordió a la niña, provocándole heridas en el rostro. El dueño del animal estaría presente en el momento del ataque, según estas mismas fuentes.

Los familiares trasladaron rápidamente a la menor por sus propios medios al Servicio de Urgencias del Centro de Salud de Arnedo, donde fue atendida en primera instancia por los servicios médicos de las lesiones producidas, por las cuales tuvo que ser derivada posteriormente a un centro hospitalario en la capital riojana, donde en estos momentos permanece ingresada bajo observación médica. La vida de la pequeña no corre ningún peligro.

¿Qué dicen las ordenanzas de Arnedo sobre la tenencia de perros en viviendas y circulación por las calles?

Arnedo cuenta con una Ordenanza específica que regula la tenencia y protección de animales de compañía, de la cual, se pueden extraer alguno de los puntos que se indican a continuación:

Todos los animales de compañía, deberán poseer un carné o cartilla sanitaria.

La tenencia de animales de compañía en viviendas urbanas queda condicionada a que no causen molestias a los vecinos. No se podrá poseer en un mismo domicilio, más de tres perros y gatos sin la correspondiente autorización como actividad molesta.

Queda prohibida la circulación por las calles, plazas, parques públicos, zonas verdes y vía verde, de aquellos animales que no vayan acompañados por sus dueños, provistos de collar y conducidos mediante cadena, correa o cordón resistente.

Si además el perro llega a tener la consideración de perro potencialmente peligroso, deberá cumplir también lo siguiente:

  • Ir siempre vigilado por el titular de la licencia, siempre mayor de edad.
  • Deberá ir con bozal homologado y apropiado para cada animal.
  • Serán conducidos y controlados con cadena o correa no extensible de menos de dos metros, sin que pueda llevarse más de uno de estos perros por persona.
  • Se deberá evitar que los animales se aproximen a las personas a distancia inferior a un metro, salvo consentimiento expreso de aquellos, y en todo caso a menores de edad si estos no van acompañados de un apersona adulta.
  • La persona que los conduzca deberá llevar consigo la licencia municipal que le habilite para la tenencia del animal.
  • El animal deberá ir provisto en todo momento de su correspondiente identificación mediante microchip.
  • Se prohíbe la presencia y circulación de estos animales en las inmediaciones de centros escolares, guarderías, mercados, centros recreativos o deportivos y en general en las zonas públicas caracterizadas por el tránsito de personas entre las 07:00h y las 22:00h horas

De los daños o afecciones a personas y cosas, y de cualquier acción de ensuciamiento de la vía pública producida por los animales será directamente responsable su propietario, y, en ausencia del propietario, será responsable subsidiario la persona que en el momento de producirse la acción lleve al animal.