Obligatorio el uso de mascarillas por las calles de Arnedo: edades, excepciones y uso

A partir del jueves 21 de mayo será obligatorio el uso de mascarillas con carácter general a la población de Arnedo mayor de 6 años

Mascarilla de tipo quirúrgico
Mascarilla de tipo quirúrgico

Este jueves entra en vigor la orden que obliga al uso de mascarillas con carácter general en personas de seis años en adelante en la vía pública de Arnedo y del resto de España, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros. La orden publicada en el BOE establece obligatoriedad a partir de 6 años pero la recomienda a menores entre tres y cinco años.

La obligación tiene un carácter general pero se aplican excepciones a aquellas personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria y que el uso de la mascarilla pueda agravarla o que simplemente, esté contraindicado por motivos de salud o discapacidad.  También se exceptúa en aquellos momentos en los que usar mascarilla sea compatible con actividades como comer o beber o en cualquier otra circunstancia de fuerza mayor.

La orden no fija un modelo de protección en concreto y dice que será obligatorio usar, si se va a estar a menos de dos metros de otras personas, “cualquier tipo de mascarilla, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca”, por lo que las mascarillas repartidas por el Ayuntamiento de Arnedo en los últimos días son totalmente válidas.

El uso de la mascarilla no implica dejar de mantener otro tipo de acciones como la distancia interpersonal, la higiene de manos y resto de medidas de prevención.

¿Cuándo comienza a ser obligatorio el uso de mascarillas?
Entra en vigor el jueves 21 de mayo.

¿Quién está obligado a llevar mascarilla?
Con carácter general, toda la población a partir de los 6 años. Su uso es recomendado entre los tres y cinco años. Quedan exentos los menores de tres años.

¿Dónde es obligatorio el uso de mascarilla?
El uso de mascarilla será obligatorio en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.

¿Cuáles son las excepciones del uso obligatorio de mascarillas?
La obligación no será exigible en los siguientes supuestos:

– Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.

– Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

– Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.

– Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

¿Por qué se hace obligatorio el uso de mascarillas?
Aunque al principio de la pandemia el Gobierno de España indicaba que no era necesario que las personas sanas tuvieran que llevar mascarilla, ahora en la orden recogida este miércoles en el BOE, se explica que el uso generalizado de mascarillas por parte de la población general para reducir la transmisión comunitaria del SARS-CoV2 está justificado no solo por su alta transmisibilidad, sino también por la capacidad que han demostrado las mascarillas para bloquear la emisión de gotas infectadas, muy importante cuando no es posible mantener la distancia de seguridad.

Explica la orden que es necesario seguir un principio de precaución que permita continuar por la senda de la reducción de los casos de contagio de la enfermedad en nuestro país, principalmente cuando no se dispone de otras medidas como la vacunación.