Nuevas restricciones para Arnedo y otros municipios de La Rioja Baja

El Gobierno regional decreta nuevas medidas para varias poblaciones de La Rioja Baja ante la evolución negativa de la pandemia

Dispositivo de vacunación en el Arnedo Arena
Dispositivo de vacunación en el Arnedo Arena

El Gobierno de La Rioja vuelve a decretar medidas para Arnedo ante la evolución negativa de la pandemia del coronavirus en la ciudad, esta vez, compartida con otros municipios de La Rioja Baja como Autol, Pradejón o Cervera del Río Alhama. Calahorra se libra por el momento de medidas adicionales.

Por el momento no se han publicado los datos actualizados de este martes pero ayer, Arnedo se situaba en 59 casos activos diarios.

Arnedo, al igual que el resto de La Rioja, se encontraba en el Nivel 3 (Hostelería y restauración: 50% en interiores. Máx. 6 personas por mesa. Barra prohibida. Nuevos clientes hasta las 22:00h.Reuniones limitadas a 6 personas, salvo convivientes. Restricción de movilidad nocturna entre las 23:00h y las 05:00h. Cierre perimetral de La Rioja) pero a partir de este jueves 1 de abril, se retrocede al Nivel 4.

Las medidas más duras se establecen para Cervera del Río Alhama, con el cierre de toda actividad no esencial  y confinamiento perimetral. Pradejón y Autol pasan al Nivel 5.

Arnedo, en Nivel 4 desde el jueves 1 de abril de 2021

Relaciones sociales y familiares:

  • Limitación al máximo de los contactos fuera de los convivientes.
  • Reuniones hasta un máximo de 6 personas salvo que se trate de convivientes y sin perjuicio de las excepciones que se establezcan en relación a dependencias, instalaciones y establecimientos abiertos al público, o respecto a personas menores o dependientes. No están incluidas en la limitación las actividades laborales, educativas e institucionales, ni aquellas para las que se establezcan medidas específicas en la normativa aplicable.
  • Mantenimiento de distancia interpersonal, prohibición de fumar en vía pública sin mantener la distancia de 2 m., prohibición de fumar en terrazas así como comer y beber en espacios públicos cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad y fuera del GCE.
  • Recomendación de permanecer en el domicilio.

Movilidad:

  • Limitación de entradas y salidas del área territorial evaluada. Excepciones: Art. 3 Decreto de la Presidenta 15/2020, de 28 de octubre.
  • Recomendación de salir del domicilio solo para lo necesario, evitando espacios cerrados en los que se desarrollan actividades incompatibles con el uso de mascarillas y concurren muchas personas.
  • Restricción de movilidad nocturna entre las 23:00h y las 05:00h.

Velatorios, entierros y ceremonias fúnebres:

  • Limitación de aforo a 1/3 en espacios cerrados (máximo 10 personas) siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.
  • Limitación de asistentes a 20 personas en espacios abiertos siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.

Centros residenciales de personas mayores y con discapacidad, centros de día y centros de participación activa:

  • Residencias de mayores y personas con discapacidad: limitación de salidas y de visitas garantizando las medidas de distanciamiento e higiene, bajo supervisión.
  • Centros de Participación Activa: cierre de este tipo de centros.

Hogares del jubilado, ludotecas y centros de ocio juvenil:

  • Apertura con un aforo del 50% en interior. Actividad permitida únicamente en mesas garantizando la distancia de 2 metros entre sillas de diferentes mesas. Ocupación máxima de 6 personas por mesas o agrupación de mesas.

Discotecas y locales de ocio nocturno:

  • Cierre.

Establecimientos como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos, locales específicos de apuestas:

  • Aforo del 30% en zonas interiores con máximo de 6 personas por mesa.
  • Prohibición de consumo en barra.
  • Limitación de la hora de admisión de clientes hasta 1 hora antes del comienzo del horario de restricción de movilidad nocturna.

Instalaciones y centros deportivos (fuera del ámbito regulado por el CSD):

  • Zonas interiores:
    • Gimnasios, instalaciones y centros deportivos: aforo máximo de 1/3 garantizando la distancia de seguridad y ventilación. En caso de no poder garantizarse deberán permanecer cerrados. En las actividades grupales se mantendrán los límites de personas aplicable a dicho nivel.

Congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias, seminarios y otros eventos profesionales:

  • Solamente se podrán realizar de forma telemática.

Academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada:

  • Aforo del 1/3.
  • Presencialidad si pueden garantizarse las medidas de prevención, distanciamiento e higiene.
  • Suspensión de actividades donde asistan personas vulnerables.
  • Recomendación de enseñanza telemática.
  • Academias de danza, baile o similares: grupos máximo de 6 personas y uso obligatorio de mascarilla.

Hoteles, albergues turísticos, residencias de estudiantes y otros alojamientos:

  • Hoteles
    • Apertura de zonas comunes (1/3 de aforo) siempre que se garanticen las medidas de distanciamiento e higiene y se garantice una correcta ventilación.
  • Albergues
    • Apertura de zonas comunes (1/3 de aforo) siempre que se garanticen las medidas de distanciamiento e higiene y se garantice una correcta ventilación.
    • Las personas de distintos grupos de convivencia no pueden pernoctar en la misma estancia
  • Residencias de estudiantes:
    • Prohibidas las visitas

Bibliotecas, archivos, salas de exposiciones, monumentos…

  • Aforo del 50% para cada una de las salas y espacios públicos.
  • Actividades en grupo máximo 6 personas.

Piscinas y zonas de baño:

  • Aforo del 50% al aire libre y 1/3 en cerradas.
  • Control de aforos.

Parques y zonas de esparcimiento al aire libre:

  • Abiertos manteniendo las medidas de distanciamiento, higiene y prevención.
  • Prohibición del consumo de alcohol.
  • Recomendación del cierre nocturno.

Caza y pesca

  • Permitida la actividad cinegética y de pesca en todas sus modalidades.
  • Mantenimiento de distancia interpersonal de 1,5m. y uso de mascarilla.
  • Si implica más de un cazador, el organizador o responsable de la cacería deberá disponer de un plan de actuación con las medidas de prevención e higiene. El contenido de dicho plan deberá difundirse entre los participantes y se adjuntará a la solicitud de autorización de cacería.
  • Grupo máximo de 6 personas tanto para caza como pesca.
  • No se compartirán utensilios de caza ni accesorios de comida o bebida.