La declaración del Estado de Alarma en España por la pandemia del coronavirus ha desatado multitud de dudas entre los arnedanos preguntándose de qué manera les afecta o no esta declaración. El alcalde de la ciudad, Javier García, ya ha advertido de que la Policía Local y la Guardia Civil trabajan de manera coordinada para garantizar que se cumpla. García asegura «Habrá sanciones muy importantes»
¿Qué se puede hacer y qué no en Arnedo en este Estado de Alarma?
Cosas que se pueden hacer, SIEMPRE DE MANERA INDIVIDUAL.
- Pasear al perro, solo unos minutos y demostrar que se reside cerca.
- Ir a repostar a la gasolinera (sin salir del trayecto de casa a la gasolinera)
- Ir a a la Farmacia a comprar medicamentos o bienes de primera necesidad.
- Ir al Centro de Salud (pero deberás llamar antes al 941 38 00 16).
- Ir a la ortopedia o a cualquier otro establecimiento sociosanitario de primera necesidad.
- Ir a trabajar (tiene que coincidir con tu horario de entrada y salida y en el trayecto de casa hasta el mismo. Una vez en tu puesto de trabajo, tu empresa deberá garantizar las correspondientes medidas de prevención)
- Desplazarnos a casa de un familiar por motivos de cuidados o dependencia.
- Los comercios que podrán abrir son: establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos farmacéuticos, médicos, ópticas y productos ortopédicos, productos higiénicos, prensa y papelería, combustible para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, comercio por internet, telefónico o correspondencia, tintorerías y lavanderías. Se suspende cualquier otra actividad o establecimiento que a juicio de la autoridad competente pueda suponer un riesgo de contagio.
Cosas que no se pueden hacer y por tanto, podemos ser sancionados si las haces
- Pasear por las calles.
- Caminar por la Vía Verde.
- Pasear hacia Vico o San Marcos (por ejemplo)
- Desplazarnos para comer con amigos o familiares en otros municipios.
- Tomar un café en un bar o comer en un restaurante.
- Quedar con familia o amigos para comer en la huerta.
- Llevar a los niños al parque.
- Ningún tipo de actividad de ocio y entretenimiento al aire libre, incluyendo el deporte.
- Estar en los cuartos
- Ir a un merendero
- Aunque inicialmente se podía entender que de manera individual y puntual, se podría acudir a la huerta si allí había alimentos, finalmente, la evolución de la situación de crisis obliga que esto también quede terminantemente prohibido.
En cualquier caso, las medidas adoptadas son para evitar la libre circulación de personas, el contacto físico y por tanto, el contagio.
Desde el Ministerio del Interior, la actuación de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad se centrará en garantizar que los ciudadanos puedan acceder a sus puestos de trabajo y a los servicios básicos en caso necesario, así como la de permitir la movilidad del personal perteneciente a entidades dedicadas a la prestación de servicios esenciales o al abastecimiento y distribución de bienes y servicios de primera necesidad.
Otro tipo de preguntas frecuentes que nos están haciendo los lectores:
Estas son algunas de las preguntas a las que, con el fin de apoyar a esas personas que tengan dificultades para leer el Real Decreto Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, siendo estas respuestas simples interpretaciones que no constituyen ningún tipo e fuente jurídica. Está pensado para ser una herramienta de apoyo.
Independientemente, deberá seguir todas las indicaciones de la autoridad competente así como la de los agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad.
¿Puedo pedir que me traigan a casa la comida?: Si bien no puedes comer en un bar o restaurante, aquellos establecimientos que ofrezcan ese servicio, te pueden preparar la comida para llevártela a casa.
¿Puedo ir a dar el pésame al tanatorio? Lo que dice el Decreto del Estado de Alarma es que la asistencia a los lugares de culto y a las ceremonias civiles y religiosas, incluidas las fúnebres, se condicionan a la adopción de medidas organizativas consistentes en evitar aglomeraciones de personas, en función de las dimensiones y características de los lugares, de tal manera que se garantice a los asistentes la posibilidad de respetar la distancia entre ellos de, al menos, un metro
¿Puedo ir con la bici por la vía verde aunque vaya solo?: Entendemos que no podrás usar la bici con fines deportivos o de ocio, salvo que uses la bici para uno de los supuestos en los que sí está permitido ir andando o en cualquier otro vehículo.
En la huerta estamos al aire libre, ¿no podemos quedar los familiares a comer?: Si tu huerta no es tu residencia habitual demostrable, no podrás realizar en ella ningún tipo de actividad que no sea ir de manera individual a coger alimentos o bienes de primera necesidad.
¿Me van a multar por aparcar en la zona azul?: El Ayuntamiento de Arnedo ha anunciado que el lunes procederá a suspender este servicio mientras dure el Estado de Alarma. Se comunicará de manera oficial.
Soy un autónomo y trabajo en un lugar donde no hay nadie, ¿puedo?: El decreto permite el desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial. El profesional deberá seguir todas las medidas de prevención para evitar contagios.
Va a nacer mi hijo, ¿Podré realizar la correspondiente inscripción?: La inscripción por nacimiento se ha considerado como un servicio esencial, no obstante, antes de desplazarte a ningún establecimiento público, deberás ponerte en contacto por teléfono antes de acudir.
¿Puedo ir con mis hijos a alimentar al perro al corral?: Si un animal necesita de su atención, deberá prestársela (atendiendo las recomendaciones de seguridad) pero no está justificado que lo haga en compañía de terceras personas.
Tengo que ir al Centro de Salud pero está prohibido salir a la calle. ¿Qué hago?: El Estado de Alarma le permite desplazarse a centros sanitarios, como el Centro de Salud de Arnedo, pero recuerde que deberá llamar antes al 941380016.
Mi padre tiene que ir al Centro de Salud y no puede hacerlo solo, en cambio, no dejan que dos personas vayan por la calle: Acompañar a una persona que lo necesite a un centro sanitario, está permitido, siempre y cuando adopte todas las medidas de higiene y seguridad.
Estoy trabajando en Arnedo, así que vivo aquí, pero mi empresa cierra y quiero volver a mi casa: Si Arnedo no es su domicilio habitual, adoptando todas las medidas de prevención necesarias, está permitido que regrese a su residencia habitual pero piense si es aconsejable por motivos de salud pública.
¿Puedo ir a la Administración de Loterías a echar la primitiva?: Los locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativa de Juegos y apuestas conforme a lo que establezca la normativa sectorial en materia de juego, deberán permanecer cerrados.
¿Podemos quedar los amigos en el cuarto?: Están prohibida la reunión y cualquier actividad de ocio o recreativa en merenderos o cualquier tipo de locales.
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